Seguro que muchos de vosotros se
habéis hecho la pregunta, ¿qué silla de seguridad del coche compro? Al principio cuando
compras el carrito de los bebés casi todos vienen con la opción de tres piezas
en las que el grupo 0+ está entre ellos, por lo tanto nos aseguramos que ya
tenemos sillita para el coche durante unos meses en función de la evolución
ponderal del niño.
Bien porque no compramos el tres piezas o porque necesitamos para otro coche entonces nos decantamos mas bien por un grupo 0-1. Pero, ¿Sabemos realmente qué es lo que nos dice la ley?
Bien porque no compramos el tres piezas o porque necesitamos para otro coche entonces nos decantamos mas bien por un grupo 0-1. Pero, ¿Sabemos realmente qué es lo que nos dice la ley?
La
obligatoriedad nos viene a través de una Directiva Europea 2003/20/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo de 8 de abril por la que
se modifica la Directiva 91/67/CEE del Consejo, sobre el uso obligatorio de
cinturones de seguridad en vehículos de menos de 3,5 toneladas dice:
Los dispositivos de retención para niños se dividen en
cinco grupos de “masa”:
Grupo
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Kilos
|
0
|
Que pesen menos de 10k
|
0+
|
Que pesen menos de 13k
|
I
|
Entre 9k y 18k
|
II
|
Entre 15k y 25k
|
III
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Entre 22k y 36k
|
·
Los niños menores
de 3 años no pueden viajar en coches que no lleven dispositivo de retención
infantil adecuada a su edad y peso
·
Los niños mayores
de 3 años y menos de 150cm deberán ir sujetos por un sistema de retención infantil si el
coche dispone de ello
·
Los niños mayores
de 3 años y menos de 150cm solo podrán ir en los asientos delanteros (copiloto) con sistema de retención infantil
·
Cada país, dentro de la Unión Europea, podrá
permitir en su territorio que los niños menores de 150cm pero al menos 135 cm puedan utilizar el cinturón
de adultos.
La ley vigente en España la cual
regula y desarrolla esta directiva es la Ley 17/2005 de 19 de julio. Y REAL
DECRETO 965/2006, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento
General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428-2003, de 21 de
noviembre. ( Actualizado a marzo de 2014)
Art. 5
2. La utilización de los cinturones de
seguridad y otros sistemas de retención homologados por determinadas personas
en función de su talla y edad, excepto en los vehículos de más de nueve plazas,
incluido el conductor, se ajustará a las siguientes prescripciones:
a) Respecto de los
asientos delanteros del vehículo:
Queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce
años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los
asientos delanteros.
b) Respecto de los
asientos traseros del vehículo:
- 1.º Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso.
- 2.º Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso o el cinturón de seguridad para adultos.
c) Los niños no
podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás ( a
contramarcha) instalado en un asiento del pasajero protegido con un airbag
frontal, a menos que haya sido desactivado, condición que se cumplirá también
en el caso de que dicho airbag se haya desactivado adecuadamente de forma
automática.
3. Los pasajeros de más de tres años de
edad cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar los
cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados instalados en
los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean
adecuados a su talla y peso.
4. En los vehículos a que se refieren el
apartado 1.a) 1.º y 2.º y b) que no estén provistos de dispositivos de
seguridad no podrán viajar niños menores de tres años de edad. Además, los
mayores de tres años que no alcancen los 135 centímetros de estatura deberán
ocupar un asiento trasero.
5. El hecho de no llevar instalado el
vehículo los cinturones de seguridad cuando sea obligatorio de acuerdo con lo
dispuesto en las normas reguladoras de los vehículos, tendrá la consideración
de infracción muy grave conforme se prevé en el artículo 65.5 l) del texto
articulado, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional segunda
de este reglamento.»
Hay un interés por parte de la
Dirección General de Tráfico de que sea
obligatorio hasta los 4 años el sentido a contramarcha de forma progresiva, está en proyecto de ley.
Fuera de lo que la
normativa actualmente nos indica, por cuestión de seguridad se ha demostrado que
viajar a contramarcha es cinco veces más
seguro, por lo tanto es algo que debemos valorar cuando tenemos que comprar una
silla de seguridad. Aquí explica muy bien por qué es más seguro:
Suecia es el País que más tiempo tiene implantado el sistema de retensión infantil a contramarcha desde mediados de 1960, unos 40 años. ¿De quién fue la idea?
Fue un profesor sueco , el ahora legendario Bertil Aldman quien se le ocurrió la idea de los asientos de seguridad a contra marcha en la década de 1960. Se inspiró en los asientos de los astronautas de la misión Gemini que utilizan para el despegue y el aterrizaje, especialmente moldeada para distribuir las fuerzas sobre toda la espalda.Estaba viendo un programa de televisión con los astronautas en la cápsula espacial Géminis y vió que las espaldas estaban en dirección opuesta a la aceleración.
Desde 1992 hasta junio de 1997, sólo 9 niños correctamente sujetos a contramarcha murieron en choques de vehículos de motor en Suecia, y todos estos accidentes catastróficos involucrados con la intrusión grave y algunos otros sobrevivientes. En Suecia es obligatorio hasta los 4 años de edad.
Las investigaciones de accidentes de Suecia ha demostrado que los asientos de seguridad orientados hacia atrás para niños reducen las lesiones graves en un 92 % , mientras que los asientos orientados hacia adelante sólo reducen las lesiones en un 60 %.
De toda esta experiencia resultante nace el Plus Test en 2009 de mano de varios organismos relacionados con la seguridad vial principalmente VTI y NTF (Swedish National Society for Road Safety) lo hicieron porque consideran , a su juicio, insuficientes los niveles de seguridad que presentan los dispositivos europeos que no están sujetos a sus estándares.Aquí podeís ver más sobre plus test
http://retensioninfantil.blogspot.com.es/2013/03/suecia-vs-el-mundo-el-plus-test.html
Recordemos que todo esto nace tras 40 años de experiencia con los niños viajando a contramarcha.
Imagen http://www.carseat.se/
Paginas recomendadas:
http://retensioninfantil.blogspot.com.es/
http://www.acontramarcha.com/foro/content.php
Grupo de facebook : Que los niños viajen a contra marcha " Por favor"
En este grupo podréis encontraros fotos de niños a contra marcha, en qué coches van instalados y consultar dudas
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